Día Mundial de las Madres y los Padres: ¿Cuáles son los derechos de las familias?

Todos los derechos de familia son intransmisibles, irrenunciables e imprescriptibles

Artículo publicado el 1 Jun 2021 - Este artículo ha sido revisado y actualizado con fecha 1 junio, 2023

La Asamblea General de la ONU, en su resolución A/RES/66/292  de 2012 declaró el 1 de junio Día Mundial de las Madres y de los Padres, como reconocimiento a su labor y para honrar su trabajo en todo el mundo.

El Día Internacional de las Madres y los Padres destaca el papel decisivo y fundamental de los padres en la educación de los niños y niñas y reconoce que la familia tiene la responsabilidad principal en su alimentación, salud y protección de los menores. Para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, los niños y niñas deben crecer en un ambiente familiar y en una atmósfera de felicidad, amor y comprensión.

 

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¿Cuáles son los derechos de las familias?

Los derechos familiares están protegidos en el Artículo 39 de la Constitución Española:

  1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
  2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.
  3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.
  4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Es decir, nuestra Constitución reconoce incluso los derechos de los menores recogidos en tratados y acuerdos internacionales. La familia, de hecho, disfruta de medidas constitucionales de protección.

Es decir, los principios de protección de la familia y de la infancia recogidos en el Artículo 39 gozan de las siguientes medidas de protección, establecidas por la propia Constitución:

  1. El Defensor del Pueblo se encuentra designado, en virtud de lo establecido en el artículo 54 de la Constitución Española, como alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos recogidos en el Título I de la Constitución, encuadrándose el artículo 39 de la Constitución dentro del mencionado Título I.

  2. El artículo 39 de la Constitución Española se integra dentro del Título I de la Constitución, prohibiéndose la adopción de Decretos-Leyes que afecten a los derechos, deberes o libertades recogidos en dicho Título I, aun en los supuestos de extraordinaria y urgente necesidad en los que, para la regulación de otras materias, sí resulta procedente recurrir a los Decretos-leyes  (art. 86.1 de la Constitución Española).

  3. El artículo 39 de la Constitución Española se integra dentro del Capítulo III (“De los principios rectores de la política social y económica”) del Título I de la Constitución, disponiendo el artículo 53.3 de la Constitución que el reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el mencionado capítulo informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.

    Sin embargo, dichos principios solo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen (artículo 53.3 de la Constitución).

 

 

Se necesita mayor apoyo para las madres y los padres que trabajan en el contexto del Covid-19

A pesar del especial apoyo que nuestro texto constitucional presta a la familia e infancia, las familias se han llevado la peor parte de la pandemia de Covid-19. Las madres y los padres han tenido la responsabilidad de proteger a sus familias de cualquier daño, cuidar a los niños y niñas que no asistían a la escuela y, al mismo tiempo, continuar con sus responsabilidades laborales.

Sin el apoyo de las madres y los padres; la salud, la educación y el bienestar emocional de los niños y niñas están en riesgo. Aún nos falta un largo camino para introducir y establecer políticas y prácticas laborales adecuadas para las familias. Solo así las empresas y organizaciones estarán en una mejor posición para promover la seguridad y el bienestar de la infancia y brindar apoyo a las familias.

 

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No en vano, en plena pandemia de Covid-19 se publicaba esta nota técnica de UNICEF, OIT y ONU titulada “Mujeres sobre políticas favorables a la familia y otras buenas prácticas en el lugar de trabajo en el contexto de COVID-19″ manifestando lo esencial que resulta apoyar a las familias trabajadoras para minimizar las consecuencias negativas de la situación para los menores.

Si tienes alguna duda acerca de cuáles son tus derechos como madre o padre trabajador, en la Tribu CSC puedes consultar a nuestra experta en derecho de familia y laboral, Ana Pacheco, miembro del equipo de profesionales de Criar con Sentido Común.

 

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