Los casos de acoso sexual a niños por internet o child grooming siguen creciendo en España. Solo en 2020 experimentaron una subida del 55% con respecto a 2019, según la Memoria de la Fiscalía General…

El Gobierno ha aprobado el proyecto de ley de protección de menores en entornos digitales que incluye diferentes medidas destinadas a proteger a los niños y niñas de los peligros de internet, además de asegurar un uso adecuado y seguro de la tecnología.
Redes sociales a partir de 16 años y control parental de fábrica obligatorio
Una de las principales medidas que incluye la nueva ley es la prohibición del uso de redes sociales a menores de 16 años (ahora está en 14 años). Con esta medida, España se iguala a otros países como Australia en el uso de las redes sociales por parte de los menores. Sin embargo, la idea no está exenta de polémica.
A pesar de ser la ley más estricta del mundo sobre redes sociales, lo cierto es que hay muchas dudas sobre cómo se hará realidad. Según informan fuentes del Ejecutivo, se modificará el artículo 89 de la Ley General de Comunicación Audiovisual para que “los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma establezcan sistemas de verificación de edad para los usuarios con respecto a los contenidos que puedan perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores que, en todo caso, impidan el acceso de estos a los contenidos audiovisuales más nocivos, como la violencia gratuita o la pornografía”. Para ello, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) junto a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre está trabajando en una herramienta para la verificación de edad desde diciembre de 2023, que aún está en pruebas.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que, por un lado, cada red social establece en sus propios términos y condiciones una edad mínima de acceso (TikTok, Twitter o Twitch 13 años; 14 Instagram). Pero por otro, aunque se instalen medidas de verificación de edad como el uso de datos biométricos o la identificación oficial, lo cierto es que los expertos ya señalaron tras el anuncio de Australia que no hay garantías de que la tecnología funcione y advertían de que las restricciones podrían ser fácilmente burladas con herramientas como una VPN con la que se puede ocultar la ubicación del usuario.
Además, los nuevos dispositivos electrónicos tendrán instalado de fábrica el control parental y etiquetado informativo. Una medida que afecta a móviles, tabletas, ordenadores y televisiones inteligentes y que según el Gobierno será gratuito y «se podrá configurar fácilmente» con el fin de limitar el acceso de los menores a contenidos, servicios o aplicaciones inadecuadas. No en vano, muchos progenitores reconocen no instalar este sistema de control en los dispositivos de sus hijos porque no saben cómo hacerlo. Sin embargo, según el estudio «Infancia y adolescencia en entornos digitales», elaborado por la Fundación Orange junto a la ONG Save the Children el pasado mes de febrero, el 60% de los adolescentes sabe sortear el control parental en el entorno digital.
La nueva norma de protección de menores en entornos digitales incluye la modificación del artículo 39 del Código Penal para incluir órdenes de alejamiento virtual para quienes cometan delitos en espacios digitales. Además, los menores de 18 años no podrán acceder a espacios que usen mecanismos aleatorios de recompensas presentes en algunos videojuegos para obtener permios virtuales.

Mayor control de las imágenes de menores creadas con inteligencia artificial y persecución del grooming
El proyecto de ley de protección de menores en entornos digitales pone veto también al uso de la inteligencia artificial con menores. Así, se incluyen penas de hasta 2 años de prisión a aquellas personas que creen o difundan imágenes de menores realizadas con inteligencia artificial de contenido sexual o vejatorio. Según el Ministerio de Juventud, «se trata de una adaptación a las nuevas formas de criminalidad para poder ejercer una protección eficaz frente a los nuevos delitos tecnológicos». Con ello, se trata de poner veto a las deepfakes o ultrafalsificaciones. La ley viene motivada tras el caso de Almendralejo en el que unos adolescentes crearon falsos desnudos de compañeras a través de IA.
Para hacerle frente, se incorpora un nuevo artículo, el 173 bis, que sanciona a «quienes, sin autorización de la persona afectada y con ánimo de menoscabar su integridad moral, difundan, exhiban o cedan su imagen corporal o audio de voz generada, modificada o recreada mediante sistemas automatizados, software, algoritmos, inteligencia artificial o cualquier otra tecnología, de modo que parezca real, simulando situaciones de contenido sexual o gravemente vejatorias».
El anteproyecto de ley recoge por primera vez una regulación específica del grooming. Este término hace referencia a la creación de una identidad falsa para ganarse la confianza del menor y engañarlo mediante técnicas persuasivas y de manipulación para que le mande fotografías o vídeos con contenido sexual. Para hacerlo posible, la norma contempla varias reformas legales. Así, la normativa agrava los delitos recogidos en los artículos 181, 182, 183, 185, 186, 188 y 189.
El proyecto de ley de protección de menores en entornos digitales afecta también al ámbito sanitario, de forma que los pediatras deberán realizar a los menores, dentro de las revisiones obligatorias en la sanidad pública, una serie de preguntas para detectar si existe una adicción a la tecnología. Con ellas se pretende analizar cambios de conducta o problemas de salud física, psíquica y emocional derivados de un uso inadecuado de las pantallas por parte de los menores de edad.
Más limitación al uso de pantallas en los colegios
El uso de las pantallas en las aulas también preocupa al Ejecutivo, de ahí que el anteproyecto de ley incluya la regulación del uso de móviles y dispositivos electrónicos por parte de los centros escolares ya sea en las propias aulas o en el recreo. Así, su uso debe quedar restringido a los fines didácticos y siempre bajo supervisión del profesorado en todos los ciclos de enseñanza no universitaria.
Serán las propias comunidades autónomas y los centros educativos a través de sus planes de convivencia y digitalización los encargados de regular el uso de los dispositivos electrónicos desde el ciclo de infantil (0-3 años) hasta el Bachillerato. Además, los propios centros educativos serán los responsables de realizar un plan digital anual para adaptar el uso de estos dispositivos en las aulas. En cualquier caso, la ley garantiza ciclos formativos y de alfabetización digital en todos los cursos.
Hay que tener en cuenta que en el informe de expertos previo al desarrollo de la ley, se señalaba que en Educación Infantil no se utilizarán dispositivos digitales de forma individual, aunque sí se permitirán de forma colectiva bajo la supervisión. Y siempre para mayores de 3 años.
7 comunidades regularán el uso de las pantallas en el colegio
Tras el anuncio de la Comunidad de Madrid de prohibir el uso individual de pantallas a partir del próximo curso escolar, otras 6 comunidades autónomas han anunciado nuevas medidas para regular también el uso de ordenadores y tablets en las aulas. Así, Murcia, Comunidad Valenciana, Baleares, Galicia, Asturias y Cataluña trabajan ya en la redacción de nuevas normas o recomendaciones, según la comunidad.
Por ejemplo, Murcia opta por realizar recomendaciones con propuestas generales, pero los centros tendrán autonomía para hacer ajustes en consonancia con su proyecto digital. En el caso de Asturias, trabajan en una ley para que las pantallas pasen a ser complementarias del papel, la escritura y la lectura.
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