"El nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto. No obstante, la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto."
En el anteproyecto de la nueva Ley de familias, se añade que también "la persona progenitora distinta de la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta diez días antes de dicha fecha".
Adelantar 10 días el permiso de paternidad
Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Familias, el progenitor no gestante que lo deseé ya no tendrá que esperar al nacimiento del bebé para disfrutar del permiso de paternidad, sino que podrá adelantarlo 10 días antes de la fecha probable de parto. Así, la mujer podrá estar acompañada y atendida por su pareja en la recta final del embarazo. Según recoge el anteproyecto de la nueva ley, esta medida dota de flexibilidad al permiso de paternidad y "resulta coherente con el objeto de cuidado de la madre biológica durante este periodo".
Infórmate sobre cuáles son los principales derechos de los padres y madres que trabajan por cuenta ajena y autónomos, y cómo actuar en caso de resultar vulnerados con el Seminario Online "Derechos de los progenitores trabajadores"
Posteriormente y según el Estatuto de los Trabajadores:
"La suspensión del contrato de cada uno de los progenitores por el cuidado de menor, una vez transcurridas las primeras 6 semanas inmediatamente posteriores al parto, podrá distribuirse a voluntad de aquellos, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses".
Dos semanas más de permiso por para madres y padres solteros con hijos con discapacidad
Otro cambio que introduce el nuevo texto consiste en que un padre o madre solos con un hijo o hija con discapacidad podrá disfrutar de la ampliación completa del permiso por paternidad que correspondería a una familia compuesta por dos progenitores en la misma situación. Es decir, dos semanas más. De esta forma, la nueva Ley de Familias también modifica el Estatuto de los Trabajadores, que actualmente recoge que "en el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el nacimiento, adopción, en situación de guarda con fines de adopción o de acogimiento", la suspensión del contrato por paternidad y maternidad, "tendrá una duración adicional de dos semanas, una para cada una de las personas progenitoras".
Ahora, con la nueva ley se añade que "en caso de haber una única persona progenitora, esta podrá disfrutar de las ampliaciones completas previstas en este apartado para el caso de familias con dos personas progenitoras".
Subsidio de maternidad
Otra modificación que introducirá la nueva ley de familias es que extenderá el subsidio no contributivo de maternidad a supuestos que hasta ahora estaban excluidos, como el acogimiento, la guarda con fines de adopción y la adopción. De esta manera, el anteproyecto modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que fue aprobado por Real Decreto en 2015, en el que se establece que serán beneficiarias del subsidio por nacimiento "las trabajadoras incluidas en este Régimen General que, en caso de parto, reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor".
Ahora, con la nueva redacción, tendrán derecho a este subsidio "las personas trabajadoras incluidas en el Régimen General que, producida la situación de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar" que reúnan todos los requisitos establecidos.
Si quieres más información o necesitas asesoramiento profesional, en la Tribu CSC puedes consultar online a nuestra abogada laboralista y familiar Ana Pacheco.
