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![El permiso de lactancia también es un derecho de los padres](https://www.criarconsentidocomun.com/wp-content/uploads/2022/07/permiso-lactancia-padres-sentencia-supremo-1-scaled.jpg)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha hecho pública una sentencia en la que despeja cualquier duda sobre un derecho de los progenitores, el del permiso de lactancia. Este se debe disfrutar de manera individual independientemente de la situación laboral del otro cónyuge.
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Sentencia sobre el permiso de lactancia para el padre: El caso
El caso se remonta a octubre de 2018, según la sentencia que ha hecho pública el Tribunal Supremo. Un padre trabajador solicitó el disfrute del permiso de lactancia pero su empresa se lo denegó. La compañía alegó que la madre del menor no trabajaba y que, por tanto, podía asumir perfectamente el cuidado del bebé.
El permiso de lactancia está regulada por el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.4). La persona trabajadora puede disfrutar de una hora de ausencia de su trabajo, reducir su horario o acumular el equivalente de días enteros para el cuidado del bebé.
En su redacción dicho artículo indica que este permiso “solo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen”. El Tribunal Supremo entiende que esta frase legitima para su disfrute a cualquiera de los progenitores. En este caso, el padre. Y eso, aunque el otro (en este caso la madre) no esté desarrollando “actividades lucrativas” y con independencia de que se pueda encargar o no del menor.
Un derecho “desconectado” de la maternidad
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo también aclara que el permiso de lactancia para el padre o la madre “está desconectado de la maternidad” pese a la denominación de este derecho.
La ley, dice la sentencia, no impone que sea la madre la que lo disfrute, ni que desaparezca el derecho cuando uno de los titulares carece de actividad laboral. Es más, “la corresponsabilidad en las tareas familiares aconseja una interpretación favorable al ejercicio indistinto del derecho”.
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Es decir, que si solo uno de los progenitores disfrutara del derecho y teniendo en cuenta cómo en nuestra sociedad las mujeres siguen renunciando mayoritariamente a sus carreras cuando nace un hijo, este incidiría en la discriminación de las mujeres trabajadoras.
El permiso de lactancia para el padre: Los otros argumentos de la Sala Social del Supremo
El Estatuto de los Trabajadores fue modificado en 2019 y desde entonces se especifica que tanto la madre como el padre (o pareja) puede disfrutar de este derecho. Sin embargo, la Sala de los Social aclara en esta sentencia que el permiso de lactancia ya venía recogido en los términos que defienden los jueces antes de esa modificación.
Por tanto, el permiso de lactancia puede disfrutarse por cualquier progenitor del menor de 9 meses, con independencia de los derechos que tuviera el otro. El Tribunal, presidido en este caso por María Luisa Segoviano e integrado por cuatro magistrados más, desarrolla varios argumentos para cimentar su decisión:
- La configuración legal de un derecho individual y paritario.
- La redacción literal de la norma.
- La “necesaria concordancia” con la desvinculación de la maternidad.
- La interpretación finalista.
- La histórica.
- La transversalidad de las normas sobre la no discriminación e igualdad o la denominada “perspectiva de género”.
¿Qué es el permiso de lactancia o por cuidado del lactante?
El permiso de lactancia o por cuidado del lactante es un derecho retribuido que permite a la persona trabajadora reducir parte de su jornada laboral para dedicárselo a su bebé hasta que este cumpla los 9 meses.
Hasta el 2019 solo podía disfrutar uno de los progenitores (por lo general, la madre). Sin embargo, como vemos en la sentencia del Tribunal Supremo, los jueces se decantan por una lectura favorable al derecho del permiso de lactancia para el padre incluso antes de esa fecha. Precisamente el Gobierno modificó 7 puntos de ese artículo para que ambos pudieran disfrutar de este permiso y pasó a llamarse por cuidado del lactante. Es un permiso que también se puede disfrutar en caso de adopción o acogimiento.
En cuanto a las condiciones, hay que preavisar con al menos 15 días de antelación (o lo que venga recogido en el convenio laboral) y lo puede disfrutar cualquiera de los progenitores que esté trabajando. Sin embargo, no se puede ceder a la pareja para que esta acumule más tiempo de prestación. Si ambos trabajan en la misma empresa, esta puede decidir que el permiso no sea simultáneo si alega razones de organización o técnicas.
Actualmente este permiso se puede prolongar hasta que el bebé tenga 12 meses. Sin embargo, a partir de los 9 meses no se recibe remuneración por esa parte no trabajada; así que en realidad es como si coges una reducción de jornada.
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