Permiso de lactancia de hasta 28 días para todos los trabajadores

El Gobierno universaliza la posibilidad de acumular hasta 28 días para disfrutar el permiso de lactancia, de forma retribuida y para ambos progenitores

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social de extender el permiso de lactancia a un periodo de hasta 28 días para todos los empleados.

Este permiso es retribuido los primeros 14 días y lo pueden coger tanto el padre como la madre (o ambas madres).

Aunque ya estaba contemplado, había empresas que no lo aplicaban si no lo recogía el convenio laboral

La vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha explicado que este permiso ya existía pero muchas empresas no daban opción a disfrutarlo si no estaba recogido en el convenio colectivo.

Este nuevo derecho se introduce en la legislación mediante la reforma del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Hasta ahora, se podía disfrutar el permiso de lactancia de forma acumulada y no media hora al día, solo si lo recogía el convenio colectivo.

 

Permiso de lactancia de 28 días

 

De esta forma, trabajadores y trabajadoras tienen ya la posibilidad de disfrutar el permiso de lactancia de forma acumulada, hasta un total de casi un mes de duración. Las medida se recoge en el real decreto-ley que reforma el subsidio por desempleo, según ha informado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Permiso de lactancia de 28 días y para todos

A partir de ahora, con esta nueva norma, todos los trabajadores tendrán esta posibilidad, incluidos los empleados públicos. De esta forma, los empleados ya no dependen de los convenios colectivos, situación por causa de la que “se producían situaciones desiguales y discriminatorias”, según ha manifestado Díaz.

Hasta ahora, la norma recogía que las personas trabajadoras tenían derecho a ausentarse una hora de su puesto de trabajo para el cuidado del lactante hasta que el bebé cumplía 9 meses (hasta los 12 meses en determinados casos).

 

Permiso de lactancia de 28 días

 

A partir de hoy, los trabajadores pueden acogerse a este permiso y acumular esas horas en jornadas completas, sin necesidad de que sus empresas lo reflejen en el convenio. Se trata de un permiso retribuido hasta los 14 días, ampliable otros 14 (con reducción de sueldo proporcional) tanto para el padre como para la madre. Según el BOE,

cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla 12 meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los 9 meses“.

Hasta los 9 meses

El pasado mes de octubre ya se aprobó el llamado “permiso de lactancia”, que señalaba que es un permiso individual e intransferible, que puede pedir tanto el padre como la madre simultáneamente.

Asimismo, la empresa abona el permiso de lactancia y no puede limitar el derecho a ese permiso ni condicionar la elección del modo de usarlo. Además, pueden disfrutarlo aquellos progenitores que tienen hijos/as hasta los 9 meses.

 

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Según esta norma, existen 3 modalidades:

  • Ausencia de 1 hora diaria o en 2 fracciones.
  • Reducción de media hora en la jornada laboral.
  • Acumulando jornadas completas (hasta un total de 28 días).

En el caso de partos, adopciones o acogimientos múltiples, el permiso aumenta proporcionalmente al número de hijos.

“Triángulo de lactancia”

Después de una baja maternal o paternal de 20 semanas (recientemente acordada por el Gobierno), se puede ampliar el tiempo que los progenitores pasan con su bebé hasta casi un mes más.

De esta forma, este permiso de lactancia consolida lo que se denomina el “triángulo de la lactancia”, integrado por el padre, la madre y el bebé, para asegurar el cuidado del pequeño y proteger la lactancia materna si esa es la opción de la familia.

 

Permiso de lactancia de 28 días

 

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