¿Tienen preferencia para elegir vacaciones las familias con hijos en edad escolar?

Aunque no existe ninguna ley que indique qué empleados deben tener prioridad de elección, sí existe jurisprudencia al respecto

¿Los padres tienen prioridad para elegir las vacaciones? No existen leyes que así lo establezcan y el Estatuto del Trabajador no lo contempla, pero sí hay convenios que lo reflejan y leyes que sientan jurisprudencia.

Preferencia para escoger vacaciones: ¿Los padres tienen prioridad para elegir las vacaciones?

¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre las vacaciones? Lo cierto es que el Estatuto de los Trabajadores no da prioridad a los trabajadores con hijos para elegir cuándo quieren disfrutar de sus vacaciones. En la normativa no hay distinción alguna entre ellos y los que no tienen hijos/as a su cargo.

Pero a pesar de que no existe ninguna ley que indique qué empleados deben tener prioridad de elección, sí existe jurisprudencia al respecto. Por ejemplo, una sentencia del 10 de marzo de 2004 de la Audiencia Nacional sentó precedente al otorgar prioridad a los trabajadores con cargas familiares, otorgándoles preferencia para descansar durante los periodos de descanso escolar.

 

¿Los padres tienen prioridad para elegir las vacaciones?

 

Leyes a tener en cuenta al solicitar las vacaciones si eres [p]madre

Conocer cuáles son las leyes vigentes es fundamental para solicitar vacaciones a una empresa. En concreto, los documentos que debes consultar son el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo que corresponda.

También es importante tener en cuenta la jurisprudencia existente, como la sentencia del Tribunal Supremo del 7 de enero de 2020, donde se estipula que si un trabajador ha tenido siempre libertad a la hora de elegir sus vacaciones, esta se ha convertido en un derecho que no se puede modificar. Es decir, la empresas no puede comenzar a imponer las fechas de vacaciones a sus trabajadores si antes estos las han escogido siempre libremente. En este caso, se convertiría en un beneficio que la empresa otorga a sus empleados.

Prioridad para elegir las vacaciones

¿Quién tiene prioridad a la hora de elegir vacaciones? Este es un conflicto habitual que suele surgir cuando varios trabajadores quieren disfrutar a la vez del mismo periodo de vacaciones. Para evitarlo, es necesario que todos los trabajadores conozcan el orden de prioridad fijado por la empresa y que todos los años sea el mismo.

 

¿Los padres tienen prioridad para elegir las vacaciones?

 

En cuanto a vacaciones y conciliación familiar, surge muchas veces la duda: ¿Tienen preferencia para elegir vacaciones las familias con hijos en edad escolar? A pesar de que no existe ninguna ley que indique quién debe tener prioridad de elección, la sentencia del 10 de marzo de 2004 de la Audiencia Nacional sentó precedente al otorgar algunas prioridades:

  • Los trabajadores con cargas familiares tienen preferencia para descansar durante los periodos de vacaciones escolares.
  • Los trabajadores con mayor antigüedad tienen preferencia de elección frente a las nuevas incorporaciones.

Así que, según la jurisprudencia existente, los trabajadores de mayor antigüedad (sobre todo si tienen hijos) serían quienes más prioridad tuvieran a la hora de elegir cuándo disfrutar de sus vacaciones, así como los progenitores trabajadores, que tendrían preferencia con hijos en edad escolar a la hora de elegir las fechas de las vacaciones cuando se trata de descansos escolares.

 

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¿Cuántos días de vacaciones puede elegir la empresa?

El artículo 38.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que las vacaciones se fijan de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, por lo que el periodo de descanso debe ser acordado y no puede imponerse por ninguna de las partes. En concreto, se establece que la negociación sobre el período de disfrute de las vacaciones de los empleados ha de estar en conformidad con lo que marquen los convenios colectivos. Es decir, ni el trabajador podrá imponer sus vacaciones, ni tampoco podrá hacerlo la empresa.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con las vacaciones?

Si la empresa te niega las fechas por ti solicitadas para el disfrute de tus vacaciones, aunque tengas derecho a las mismas, no podrás irte de vacaciones ya que, en caso de hacerlo, podrás ser sancionado o despedido por faltar injustificadamente a tu puesto de trabajo. Pero, como ya hemos visto anteriormente, legalmente la empresa tampoco puede decidir unilateralmente en qué fechas han de disfrutar las vacaciones sus empleados.

En este caso, si negociando entre las partes no se alcanza acuerdo, el trabajador podrá acudir al Juzgado de lo Social, a través de un proceso especial y urgente específico para ello, para que este resuelva y fije el periodo de disfrute de sus vacaciones. Contra la decisión del Juzgado en materia de vacaciones no cabe recurso alguno.

 

¿Los padres tienen prioridad para elegir las vacaciones?

 

¿Qué medidas de conciliación puedo solicitar durante las vacaciones escolares?

Pocos progenitores disfrutan de tantos días de vacaciones al año como tienen sus peques en el colegio. Si este es tu caso, puedes negociar con la empresa una reducción de jornada, realizar jornadas intensivas o teletrabajar. Según nuestra abogada laboralista y familiar, Ana Pacheco, si el trabajo te impide conciliar el cuidado de los hijos e hijas, puedes negociar la posibilidad de teletrabajar con tu empresa. Si esto falla, es momento de denunciar a la Inspección de Trabajo, indicando que la empresa no justifica la negativa al teletrabajo. Según la experta en derecho laboral y familiar, en caso de denuncia, el trabajador tiene mucho a su favor:

“En caso de falta de acuerdo entre la compañía y el empleado, hay dos elementos que corren a favor de la opción del trabajador. El primero es la experiencia vivida ya en muchas empresas, en donde se ha conseguido funcionar telemáticamente con resultados aceptables. Y la segunda es la propia legislación postcovid, que impone a las empresas priorizar el teletrabajo, añade Pacheco.

En este sentido, la sentencia del Tribunal Supremo del 7 de julio de 2022 sienta las bases para futuras reclamaciones al considerar el teletrabajo como derecho fundamental y, en muchos casos imprescindible, y necesario para poder conciliar en el caso de tener vida familiar con hijos y/o personas dependientes a nuestro cargo. Así que, si te encuentras en una situación así, no dudes en consultar con Ana Pacheco en la Tribu CSC, y nuestra experta te asesorará.

 

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