La ayuda CUME por cuidado de hijos enfermos de gravedad y prematuros se amplía hasta los 23 años

La ayuda CUME cubre al 100% el sueldo de las madres y padres que dejan su trabajo para cuidar a su hijo con cáncer, prematuro o enfermo grave

Desde el año 2011 las familias con hijos enfermos de cáncer o con otras enfermedades graves pueden acceder a una ayuda estatal que compensa económicamente la reducción de la jornada laboral de los progenitores. Se trata de la ayuda CUME. Desde enero este subsidio, que asume la mutua del trabajador, se ha ampliado hasta los 23 años.

No todas las familias conocen la existencia de ayuda CUME. Esta viene recogida en el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el año 2011. En ella se recoge que las y los trabajadores con hijos enfermos de cáncer u otras enfermedades graves pueden compensar la pérdida de sueldo por la reducción de jornada laboral (de al menos un 50%) para cuidar a sus hijos.

Dentro del equipo de Criar Con Sentido Común contamos con la abogada Ana Pacheco, quien os puede asesorar sobre los derechos de los progenitores trabajadores a través de la Tribu CSC.

¿En que consiste la ayuda CUME?

La ayuda CUME protege a aquellos trabajadores/as del régimen general y también autónomos y de régimen especial. De modo que estos pueden optar a reducir su jornada (un mínimo del 50% y hasta el 99%), sin ver mermado su sueldo, para el cuidado “directo, continuo y permanente” de su hijo/a enfermo/a.

 

La ayuda ACUME por cuidado de niños enfermos graves se amplía

 

El Real Decreto recoge un listado con las enfermedades que se incluyen dentro del subsidio. Entre esas patologías está el cáncer (tumores malignos, melanomas o carcinomas), pero también otras patologías graves respiratorias, digestivas, cardiología (como cardiopatías congénitas), o incluso diabetes mellitus tipo I. La lista, por otro lado, incluye a los bebés prematuros (nacidos antes de la semana 32, que pesen menos de 1,5 kilos o con otras complicaciones).

Hasta el año pasado los padres perdían este derecho al cumplir los menores 18 años. Pero los Presupuestos Generales del Estado de 2022, aprobados el 28 de diciembre, recogen una ampliación de este derecho:

“Alcanzada la mayoría de edad, si persistiera el padecimiento del cáncer o la enfermedad grave, diagnosticada antes de alcanzar la referida mayoría de edad, y subsistiera la necesidad de hospitalización, tratamiento y de cuidado durante el mismo,se mantendrá la prestación económica hasta los 23 años de edad“.

Según la Seguridad Social, el derecho a la ayuda CUME surge el mismo día que se inicia la reducción de jornada. La solicitud se ha de presentar en el plazo de tres meses. La ayuda se aprueba inicialmente por un mes, prorrogable por periodos de dos meses cuando se mantenga la necesidad de los cuidados del menor. Esa necesidad tiene que estar acreditada por el Servicio Público de Salud.

La ayuda ACUME por cuidado de niños enfermos graves se amplía

 

¿Quién tiene derecho a esta ayuda por cuidado de hijos enfermos?

Para ser beneficiarios de la ayuda CUME hay que cumplir una serie de requisitos. Entre ellos:

  • Reducción de la jornada de trabajo en, al menos, un 50% de su duración. “El subsidio se reconocerá en proporción al porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo que disfruten las personas trabajadoras”.
  • Para quien tiene un contrato a tiempo parcial, la reducción ha de ser superior al 25% de una jornada de trabajo en una persona a tiempo completo comparable. Si la persona tiene más de un contrato a tiempo parcial, “se sumarán las jornadas efectivas de trabajo a efectos de determinar el citado límite”.
  • Si se trata de una familia monoparental también tiene que acreditar la reducción de jornada en base a los dos criterios anteriores.
  • Periodo de cotización mínimo: Si tienes más de 21 años y hasta los 26, al menos debes haber cotizado 90 días en los siete años anteriores a la fecha de la solicitud de la ayuda CUME. A partir de 26, hay que acreditar 180 días cotizados en los últimos siete años.
  • Estar al corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social.

 

 

Si la madre y el padre son trabajadores, ¿quién tiene derecho a la ayuda CUME?

Si tanto la madre como el padre del niño/a enfermo/a trabajan, sólo uno podrá recibir el ayuda. En caso de separación o divorcio, tendrá derecho a la ayuda CUME el progenitor con el que conviva el menor.

En caso de que los dos cuiden del peque (custodia compartida, por ejemplo), se necesita un acuerdo entre ambos y con la empresa o empresas para que la ayuda se vaya alternando. Este acuerdo de disfrute alterno se puede solicitar en cualquier momento.

Si la persona no supera la edad límite de 23 años y contrae matrimonio o tiene pareja de hecho, será su pareja quien tenga derecho a la ayuda CUME, siempre y cuando cumpla con los requisitos.

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¿En qué consiste la prestación económica?

La ayuda CUME cubre el 100% del sueldo en proporción a la reducción de las jornada laboral. Es decir, si la persona se reduce su jornada un 75%, el subsidio cubrirá el 100% de ese porcentaje. De este modo, la familia no notará una merma de su economía.

El pago de la prestación será asumido por la mutua y el pago se realizará por periodos mensuales vencidos. En el caso de los trabajadores/as a tiempo parcial, el devengo del subsidio será por días naturales, aunque se pagará igualmente cada mes.

Se trata de una prestación que no tributa por IRPF. En la web de la Seguridad Social puedes encontrar toda la información, así como la documentación y los pasos necesarios para recibirla. 

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